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26 octubre 2026

Cambios en la reglamentación de la Inspección General del Trabajo y de la Seguridad Social (IGTSS)

Por el Dr. Julio Mirasson, Depto. Técnico Legal Arizmendi


El Decreto N° 224/026 (dictado el 16 de septiembre de 2026 y publicado el 1 de octubre de 2026) aprueba una nueva reglamentación de la Inspección General del Trabajo y de la Seguridad Social (IGTSS) en Uruguay, derogando los decretos anteriores N° 371/022 y N° 19/023.

Estructura y Alcances Principales

1. Ámbito y Modalidades de Actuación

Sujetos alcanzados: Abarca a organizaciones con o sin fines de lucro con personal dependiente, e incluye a personas públicas estatales en salud y seguridad laboral.

Modalidades: Se instrumenta mediante visitas presenciales, citaciones electrónicas y verificaciones informáticas.

2. Facultades, Garantías y Régimen Sancionatorio

Facultades y derechos: Permite la identificación transitoria del inspector para evitar frustrar la diligencia y promueve la recorrida acompañada con participación sindical o empresarial. Se garantiza el debido proceso y un capítulo para derechos fundamentales.

Plazos y sanciones: Fija 15 días hábiles para subsanar infracciones, un máximo de 12 meses para la instrucción de actuaciones, y contempla amonestaciones, multas y clausuras. Se prevé una reducción del 10% en multas para infracciones leves abonadas en plazo y se suprime la caducidad bianual de la potestad sancionatoria.

Marco Internacional y Vigencia

El régimen se alinea con los Convenios OIT N° 81 (industria y comercio) y N° 129 (agricultura). Rige a los 60 días de su publicación, respetando los procesos anteriores.

Decreto 224-26

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